Ley de dependencia: características, prestaciones y servicios

Seguro que ha oído hablar de la Ley de Dependencia. Hoy, os explicamos brevemente cómo funciona.
Ley de dependencia: características, prestaciones y servicios
Gema Sánchez Cuevas

Revisado y aprobado por la psicóloga Gema Sánchez Cuevas.

Escrito por Elena García

Última actualización: 29 julio, 2019

En España, según el IMSERSO (2019) existe una tasa de personas en situación de dependencia del 2.7%. Alrededor de 1.307.558 personas tienen reconocida la situación de dependencia. Atendiendo a los datos, sigue siendo necesario el impulso y la mejora de la ley de dependencia. Hay que destacar que, en la actualidad, son los cuidadores informales los que sostienen en gran medida este sistema,

La mal llamada “Ley de Dependencia” tiene como reto atender las necesidades de las personas que requieren apoyos para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria. Por lo tanto, el objetivo último es que puedan alcanzar una mayor autonomía personal y que ejerzan plenamente sus derechos.

Según la ley 39/2006 de 14 de Diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, podríamos definir “dependencia” como: un estado de carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental e intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria, o en el caso de personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal.

Mujer mayor con auxiliar de enfermería

Algunos de los motivos por los que la tasa de dependencia ha aumentado:

  • En primer lugar, el incremento de la población mayor de 65 años.
  • También, el envejecimiento del envejecimiento. Es decir, el aumento de la población con más de 80 años.
  • Otro de los motivos es la dependencia por razones de enfermedad y otras causas de discapacidad o limitación. En los últimos años ha incrementado el número de personas que han sobrevivido a enfermedades crónicas y alteraciones congénitas. Además, la supervivencia por siniestralidad vial y laboral también ha aumentado.

Antecedentes de la Ley de Dependencia

Antes de la aprobación de la Ley de Dependencia se pusieron en marcha otras leyes y estrategias con el fin de atender a las personas que se encontraran en esta situación. Algunos de sus referentes fueron:

  • Ley de Integración social de minusvalidos (LISMI) de 1982.
  • Ley General de Sanidad de 1986.
  • Plan Concertado para el Desarrollo de Prestaciones Básicas de Servicios Sociales de Comunidades Locales de 1988.
  • Ley de pensiones no contributivas de 1990.
  • Plan gerontológico Estatal de 1991-2000.
  • Ley General de la Seguridad Social de 1994.
  • I Asamblea Mundial de Envejecimiento de Naciones Unidas celebrada en España en 2002.
  • Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud de 2003.
  • Libro blanco de la dependencia de 2005.

“El respeto a la autonomía y a la dignidad de cada uno es un imperativo ético y no un favor que podemos o no concedernos unos a los otros”

Paulo Freire-

Grados de la Ley de Dependencia

En un principio, al realizar las valoraciones de dependencia, se hacía una división en grados y, estos grados, podían concretarse en niveles. En el año 2012 se eliminaron los niveles, quedando únicamente los grados como criterio en la clasificación.

Grado I

Dependencia moderada. La persona en situación de dependencia necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día, o tener necesidades de apoyo intermitente o limitada para su autonomía personal.

Grado II

Dependencia severa. En este caso, la persona necesita apoyo para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día. No requiere el apoyo permanente de un cuidador, pero podría necesitar apoyo extenso para su autonomía personal.

Grado III

Gran dependencia. La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día. En este caso, por la pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.

Instrumentos para la valoración de la dependencia

A raíz del impulso de la Ley de Dependencia, se creó un instrumento con el que valorar la dependencia. En el año 2011 se aprobó el Baremo de valoración de dependencia (BVD). Este instrumento valora la capacidad de la persona para llevar a cabo las actividades básicas de la vida diaria, así como el grado de supervisión y apoyo requerido de otra persona para estas tareas.

El profesional que realiza estas valoraciones se apoya en informes de salud emitidos por médicos y tendrá en cuenta las características del entorno donde la persona lleva a cabo su día a día. Todos los datos que recoge los utilizará para elaborar un informe social y, posteriormente, un programa de atención individual (PIA).

Hombre mayor con una auxiliar mirando por la ventana

Prestaciones y servicios de la ley de dependencia

Asimismo, con la elaboración de esta ley se creó también un catálogo de servicios y prestaciones. Estos centros y servicios deben ser públicos o privados debidamente acreditados.

Servicios

  • De prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.
  • Servicio de Teleasistencia.
  • Ayuda a domicilio. Destinado a la atención de las necesidades del hogar y/o a los cuidados personales.
  • Servicio de centro de día y de noche. Estos centros pueden ser para mayores, para menores de 65 años, de atención especializada y centros únicamente de noche.
  • Atención Residencial. Estos centros pueden ser para personas mayores en situación de dependencia o para personas en situación de dependencia por razón de discapacidad.

Prestaciones

  • Prestación económica vinculada al servicio: esta prestación es una aportación dineraria para el disfrute de un servicio que en un momento determinado no está disponible.
  • PECEF o prestación económica para cuidados en el entorno familiar: esta se concede cuando alguien del entorno de la personas usuaria es la cuidadora principal.
  • Prestación económica de asistencia personal: promoción de la autonomía de las personas en situación de dependencia. También está destinada a facilitar el acceso a la educación y al trabajo.

En conclusión, aunque se ha intentado dotar al sistema de grandes servicios y prestaciones, aún nos queda mucho por avanzar. Y, sobre todo, tenemos que agradecer a los cuidadores no profesionales el gran trabajo que desempeñan.


Todas las fuentes citadas fueron revisadas a profundidad por nuestro equipo, para asegurar su calidad, confiabilidad, vigencia y validez. La bibliografía de este artículo fue considerada confiable y de precisión académica o científica.


  • Asís Roig, R. D. (2014). Reflexiones en torno a la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
  • Escuredo, B. (2007). Las políticas sociales de dependencia en España: contribuciones y consecuencias para los ancianos y sus cuidadores informales. Revista Española de Investigaciones Sociológicas (REIS)119(1), 65-89.
  • Gallego, V. M. (2012). Actores sociales y desarrollo de la ley de dependencia en España. Revista Internacional de Sociología70(2), 375-398.
  • Imserso (2019). Análisis explicativo de las estadísticas mensuales del sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

Este texto se ofrece únicamente con propósitos informativos y no reemplaza la consulta con un profesional. Ante dudas, consulta a tu especialista.