Aspectos legales del divorcio
Los aspectos legales del divorcio hacen referencia a los derechos, obligaciones y consecuencias que se desarrollan del acto en sí. Tras la reforma del Código Civil operada el julio de 2005, los cónyuges que desean separarse legalmente tienen diversas vías para hacerlo. Pueden optar bien por la separación o por el divorcio. El divorcio, junto con la muerte y la declaración de fallecimiento, es una de las formas de disolución del vínculo matrimonial.
Es importante tener en cuenta que no es preciso acceder primero a la separación para solicitar seguidamente el divorcio, y viceversa. Es decir, es posible disolver el matrimonio directamente. Para acceder al divorcio bastará acreditar que han transcurrido 3 meses desde la celebración del mismo, sin tener que alegar ninguna causa que justifique la petición.
Entender cómo funciona la ley en los casos de separación y divorcio es relevante, en concreto por los efectos que ambos actos pueden provocar. A continuación, desarrollamos los conceptos.
El matrimonio y las formas de separación
El concepto tradicional de matrimonio apunta a la unión estable entre dos personas de diferente sexo. Este fue modificado por la ley 13/2005 del 1 de Julio, que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. En consecuencia, los efectos del matrimonio serán los mismos para todas las personas con independencia del sexo de los contrayentes.
La unión matrimonial genera deberes y derechos, es decir, tiene unas consecuencias establecidas. Por lo tanto, las discrepancias y desacuerdos que pueden suceder entre ambas partes requieren determinadas reglas de mediación. Estas establecen criterios igualitarios que permiten resolver los conflictos conyugales de gravedad.
De este modo, se llega a los supuestos de separación, divorcio y nulidad, con diferentes efectos legales.
La separación
Mediante la separación, los cónyuges deciden poner fin a su convivencia e iniciar vidas separadas e independientes. La separación conyugal no rompe el vínculo matrimonial. Esto solo sucede por fallecimiento, declaración de fallecimiento, divorcio o nulidad.
Para poner fin a su convivencia a través de la separación, los cónyuges pueden optar por dos fórmulas distintas. Estas son la separación de hecho y la separación legal o judicial, que puede ser de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.
La nulidad
Es importante tener claro el concepto de nulidad matrimonial. En concreto, porque implica la invalidación del matrimonio por la existencia de un vicio o defecto esencial en su celebración. El matrimonio sería declarado nulo.
Esto quiere decir que, si se da la nulidad, la unión matrimonial no habría existido nunca a efectos legales. La base de la nulidad queda establecida en el artículo 73 del Código Civil.
El divorcio
El divorcio, como se ha mencionado anteriormente, es una de las formas de disolución del vínculo matrimonial.
Solo puede acordarse por sentencia judicial y producirá efectos a partir de su firmeza. Por lo tanto, no cabe el divorcio de hecho como ocurre con la separación.
Aspectos legales del divorcio
El divorcio disuelve el vínculo matrimonial, es decir, altera el estado civil de los que hasta el momento eran cónyuges. A partir de ese momento, les permite contraer un nuevo matrimonio. También conlleva la pérdida de los derechos sucesorios entre los cónyuges, así como la pérdida de la pensión de viudedad y las obligaciones derivadas directamente del matrimonio.
En cambio, la ruptura del vínculo no afecta a las obligaciones de los cónyuges con los hijos. Esto se debe a que las mismas surgen de la relación de parentesco y no de la existencia de una unión matrimonial. Existen dos modos de acceder al divorcio: por mutuo acuerdo y contencioso.
Mutuo acuerdo
El procedimiento judicial en caso de divorcio de mutuo acuerdo es rápido y sencillo. El procedimiento consiste en presentar una demanda acompañada de un convenio regulador.
El convenio consigna los pactos alcanzados respecto de la guarda y custodia de los hijos, el régimen de visitas, el de pensiones o el uso del domicilio familiar entre otros.
Contencioso
El divorcio contencioso se solicita por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro. Por lo que, en este caso, no existe ningún convenio regulador. El procedimiento de divorcio contencioso es largo y complejo. También conlleva un importante coste en lo económico, ampliándose con frecuencia a otros planos, como pueden ser el personal y emocional.
Tal como se indicaba con anterioridad, sólo es necesario que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio para solicitar el divorcio, tanto si es de mutuo acuerdo como contencioso.
La excepción a esta regla son aquellos casos en los que se acredite la existencia de riesgo para la vida, la integridad física o moral, la libertad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos.
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- “Guía de derecho civil teoría y práctica, tomo 5. Derecho de familia”. Aranzadi.
- Código Civil español, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763&tn=2&p=20180804