La teoría del contrato social

La vida en sociedad solo es posible gracias a pactos implícitos y explícitos que todos firmamos. En este artículo hablaremos de cómo este contrato social puede beneficiarte o perjudicarte.
La teoría del contrato social
Elena Sanz

Escrito y verificado por la psicóloga Elena Sanz.

Última actualización: 16 febrero, 2023

Vivir en sociedad tiene innumerables beneficios; de hecho, es necesario para nuestra supervivencia y desarrollo como especie. A cambio, recibimos presiones para cumplir una serie de reglas. Este intercambio entre personas, que tiene un coste, pero que también tiene asociada una ganancia, se denomina contrato social, y puede ser difícil de cumplir en ocasiones.

Dicha aceptación depende, en gran medida, del tipo de cultura que impere en la sociedad de la que somos parte, pero también de ciertas características personales. En cualquier caso, adherirnos a este contrato social, si bien es una opción, puede beneficiarnos en muchos aspectos.

Hermanos hablando
La teoría del contrato social la desarrolló Thomas Hobbes.

¿Qué es la teoría del contrato social?

Este concepto es realmente antiguo y fue utilizado por filósofos como Sócrates para explicar el funcionamiento de este intercambio. No obstante, fue Thomas Hobbes quien realmente expuso y desarrolló esta teoría, teniendo una influencia en el campo moral y político.

A grandes rasgos, el contrato social propugna que las personas establecen un acuerdo entre ellas para vivir juntas en sociedad; y este acuerdo es una referencia fundamental para la toma de decisiones individuales, en la medida que habla de posibilidades e impone límites.

Al aceptar estas normas, que pueden ser explícitas (como las leyes) o implícitas, entendemos que los demás también lo harán. Y que, de este modo, pese a tener que realizar algunos sacrificios o ajustes, podremos beneficiarnos de la convivencia y la vida conjunta.

El grado en que cada persona se adhiere a este contrato depende en parte del entorno cultural. Y es que hay ciertas sociedades más colectivistas que propugnan y premian la confluencia, la búsqueda del bien común y la armonía social. Otras, en cambio, cuentan con enfoques más individualistas y animan a la persona a diferenciarse, sobresalir y permanecer fiel a sí misma.

¿Debemos adherirnos al contrato social?

Este modelo individualista es el imperante en occidente y lleva a las personas a ser conscientes de sus derechos y a hacer uso de ellos. Pero también, en algunos casos, conduce a la desconexión de la comunidad y a un incumplimiento de ese contrato: queremos disfrutar de los beneficios sin cumplir con nuestros deberes. Es lo que ocurre, por ejemplo, con la irresponsabilidad afectiva. Un extremo opuesto nos llevaría a diluirnos en el colectivo, a sacrificarnos en exceso por el bien común y a olvidarnos de nosotros mismos. Por ello, la clave se encuentra en el equilibrio.

Más allá de las teorías políticas, el contrato social tiene implicaciones en la vida diaria, el bienestar y las relaciones con los otros. Por ejemplo, al aceptar un puesto de trabajo, al pagar impuestos o al formar una relación de pareja con otra persona, estamos accediendo a regirnos por esas normas de intercambio mutuo.

Aunque en ocasiones las obligaciones y las demandas nos parezcan excesivas y estemos tentados a desligarnos de esta formación común, lo cierto es que asumir el contrato social nos beneficia de varias formas:

  • Nos aporta sentido de pertenencia al vincularnos y hacernos parte de una comunidad más grande. Esta conexión puede proteger nuestra salud física y mental.
  • Podemos acceder al apoyo y a la validación de otras personas. Algo que, por nuestra naturaleza social, todos necesitamos en mayor o menor medida.
  • Nos permite ser capaces de comprometernos, formar vínculos sólidos y significativos.
  • Facilita el desarrollo a nivel personal y de la sociedad. Si todos actuásemos regidos bajo nuestras propias normas y deseos, la armonía y el avance no serían posibles.
Monigotes influenciándose entre ellos
El contrato social influye en la vida diaria y en las relaciones con los demás.

Conoce tu agenda personal

Es un hecho que, viviendo en comunión con otras personas, todos estamos sujetos a una serie de reglas, expectativas y límites. Ahora bien, para que este contrato social nos favorezca, es importante conocer nuestra agenda personal. Esto es, conocer nuestros deseos y necesidades, así como nuestros límites y líneas rojas en cada ámbito, sobre todo en lo que implica a los demás. En otras palabras, se trata de clarificar con nosotros mismos qué esperamos, necesitamos y deseamos obtener de un intercambio en particular.

Por ejemplo, en el área laboral queremos saber el tipo de trabajo que buscamos, los horarios y las condiciones que deseamos y nos convienen. Y en un matrimonio, hemos de saber qué tipo de comunicación, expresiones de afecto y grado de compromiso esperamos obtener. Solo al tener estas ideas claras, podemos evaluar si ese contrato social juega en nuestro mejor interés; y, por tanto, si nos conviene y estamos dispuestos a implicarnos en él.

Del mismo modo, es fundamental que conozcamos la agenda de la otra parte, qué espera y desea obtener de nosotros. Si bien en un empleo estas condiciones pueden estar más claras, en las relaciones personales las expectativas son muchas veces implícitas y no llegan a verbalizarse. Así, podemos encontrarnos en la situación de que la otra persona nos reclame algo que no estamos dispuestos a entregar.

En definitiva, antes de tomar la decisión consciente de adherirnos al contrato social, es importante que sepamos en qué consiste, qué derechos habilita y a qué obligaciones nos compromete. Si no acometemos esta tarea de reflexión y análisis con suficiente rigor, podemos terminar encontrándonos en experiencias realmente insatisfactorias. Así, teniendo en mente que todo beneficio social requerirá algún sacrificio, está en nuestra mano decidir en qué grado queremos participar en dicho contrato.


Todas las fuentes citadas fueron revisadas a profundidad por nuestro equipo, para asegurar su calidad, confiabilidad, vigencia y validez. La bibliografía de este artículo fue considerada confiable y de precisión académica o científica.


  • Jaramillo Marín, J. (2012). Significado e impacto de la noción de contrato social en Rousseau y Kant. Alcances y limitaciones en la teoría democrática. Civilizar: Ciencias Sociales Y Humanas12(23), 111-123.
  • Thompson, J. A., & Hart, D. W. (2006). Psychological contracts: A nano-level perspective on social contract theory. Journal of Business Ethics68, 229-241.

Este texto se ofrece únicamente con propósitos informativos y no reemplaza la consulta con un profesional. Ante dudas, consulta a tu especialista.