Aspectos legales del ciberacoso

El autor o autores de la agresión pretenden causar sentimientos de angustia emocional, desprestigio o humillación al ofendido.
Aspectos legales del ciberacoso
Sergio De Dios González

Revisado y aprobado por el psicólogo Sergio De Dios González.

Última actualización: 31 enero, 2022

Los aspectos legales del ciberacoso podrían entenderse como una consecuencia directa del delito cometido. El acoso en sí es una agresión sostenida y repetida en el tiempo que suele realizarse entre una o varias personas contra otra generalmente indefensa. Cuando se habla de ciberacoso, median las nuevas tecnologías.

De este modo, estaríamos hablando de las agresiones psicológicas realizadas a través de Internet. También pueden incluirse como medios comisivos los mensajes SMS, el correo electrónico, los chats, blogs, o en general las redes sociales.

El autor o autores de la agresión pretenden causar sentimientos de angustia emocional, desprestigio o humillación al ofendido. Se trata de conductas nunca legítimas que pueden llegar a causar mucho dolor.

Características de ciberacoso

Ciberacoso y ciberbullying son términos que pueden llevar a la confusión. Esto se debe a que tiene que haber menores en ambos extremos del ataque para que este se considere ciberbullying.

En el Estudio sobre hábitos seguros en el uso de las TIC por los menores publicado por el INTECO, en Marzo de 2009, se define el ciberbullying como el acoso entre iguales en el entorno TIC; incluyendo actuaciones de chantaje, vejaciones e insultos de niños a otros niños. El ataque hacia el ofendido tiende a provocar en el mismo un sentimiento de amenaza y vergüenza.

Si hay algún adulto, entonces estamos ante algún otro tipo de ciberacoso. La diferenciación es relevante, ya que, si el agresor no es menor de edad, pero sí lo es la víctima, estaríamos hablando de cyberstlking. Cuando el agresor presenta fines sexuales, el delito es denominado cybergrooming.

Niña sufriendo acoso por el ordenador

¿Por qué es un delito? ¿Contra qué derechos se atenta?

Es fundamental comprender que lo que es ilegal en la vida real también lo es en Internet. De este modo, las agresiones, aunque se hayan producido a través de la web, siguen constituyendo un delito.

La gravedad del ciberacoso, además, se basa en el hecho de que en internet todo queda grabado. Esto se convierte en una mayor difusión de las humillaciones, lo que puede suponer un añadido al daño moral de la víctima.

Un ejemplo puede ser el envío de imágenes de la víctima, íntimas o no, a otras personas, sin autorización. También la suplantación de la identidad de la víctima, dejándola en situaciones que atentan contra su imagen y reputación. Los aspectos legales del Ciberacoso hacen referencia a la protección frente a estas situaciones.

En el Ciberacoso, se pueden producir tres situaciones diferenciadas. La víctima puede ver atacado su derecho al honor, así como su derecho a la intimidad y el derecho a la propia imagen. Estos tres derechos pueden verse afectados de manera independiente y también, con frecuencia, de forma conjunta, dada su evidente proximidad.

Lesión del derecho al honor

Los tribunales españoles definen la estima como la consideración positiva que cada persona tiene de sí misma. También es la consideración que de nosotros tienen los demás, esto es lo generalmente conocido como reputación.

Lesión del derecho a la intimidad

El derecho a la intimidad se vincula a la esfera más reservada de las personas. Se trata de ciertos aspectos que la persona desea mantener ocultos a los demás justo por pertenecer a su esfera más privada, vinculada con la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad.

Lesión del derecho a la propia imagen

Por derecho a la propia imagen se entiende el derecho del sujeto a disponer sobre la representación gráfica de sí mismo. La protección del mismo se basa en velar por una determinada imagen externa.

Hija enseñando a su madre el acoso recibido por ordenador

Aspectos legales del ciberacoso: ¿cómo se protegen los derechos de la víctima?

Cabe mencionar que, a día de hoy en España, no existe una ley que regule el ciberacoso. Esto se debe a que las distintas figuras delictivas que podrían cometerse a través del delito ya están reguladas. Se encuentran en diferentes leyes a las que se debe acudir según el caso de que se trate.

Existen diversas vías a las que acudir para proteger los derechos de las víctimas. En primer lugar, está el Código Penal. Las penas contenidas en el mismo suelen ser privativas de libertad, aunque también pueden imponer multas. A esto, habría que añadir la correspondiente indemnización.

Otra posibilidad sería acudir a la vía civil. Con esta se podría conseguir la indemnización de los perjuicios causados, tanto psicológicos como económicos o morales. Por último, si procediese, se podría comparecer ante la Agencia Española de Protección de Datos. En este caso, no se percibiría ningún tipo de indemnización, pero es posible que sí se imponga una importante multa al infractor.

Cuando se producen casos de ciberacoso, la persona afectada suele sufrir graves consecuencias emocionales. Sobre todo, en el caso de menores que están forjando su personalidad.

Por ello, antes de tener que afrontar las consecuencias de un daño producido, es importante entender que la base para evitar, en concreto, estas situaciones, se encuentra en la educación.

“Educar en el respeto y la tolerancia es combatir la violencia”.

-Benjamin Franklin, físico y filósofo, 1706-1790-



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