La objeción de conciencia en España

En España, el caso más típico, y el único hasta ahora recogido expresamente en la Constitución, es la objeción de conciencia al servicio militar.
La objeción de conciencia en España
Sergio De Dios González

Revisado y aprobado por el psicólogo Sergio De Dios González.

Última actualización: 24 abril, 2019

La sindéresis o conciencia es la capacidad natural que tiene el hombre para juzgar de manera recta. También se puede definir la conciencia como “el lugar” de los principios o valores de una persona. De este modo, cuando se dice, por ejemplo, que se ha de decidir en conciencia, se está utilizando este sentido porque comprometemos nuestra propia vida en la decisión que tomamos.

Así entendida, las decisiones tomadas contra la propia conciencia son decisiones contra uno mismo. De esta idea surgirá posteriormente la objeción de conciencia.

¿Qué es la objeción de conciencia?

La objeción de conciencia consiste en la oposición personal a cumplir una orden u obligación legal determinada. Esto ocurre cuando dicha obligación se estima contraria a los dictámenes de la propia conciencia.

Es importante tener en cuenta que, para que la oposición al cumplimiento de una determinada obligación impuesta por ley se considere una objeción de conciencia, y no un capricho personal, es preciso que dicha omisión esté fundada en un valor suficientemente sincero.

Hombre pensando en el vacío existencial

De forma genérica, se presume como tal cuando se encuentra inspirado en una religión reconocida. También en un sistema de pensamiento suficientemente aceptado por un colectivo social integrado en la comunidad. Así, a lo largo de la historia, los casos más frecuentes de objeción de conciencia han sido, por ejemplo:

  • La negativa a realizar el servicio militar o el saludo a la bandera.
  • No querer formar parte de un jurado, prestar juramento o participar en actos religiosos.
  • La negativa a trabajar en días festivos o a recibir transfusiones sanguíneas.
  • Negarse a colaborar en la práctica de un aborto o a dispensar medicamentos abortivos.

La ley frente a la objeción de conciencia

Obviamente la ley es fuente de obligaciones y se dicta para ser cumplida por los ciudadanos. Pero la fuerza de la ley no debe estar en el temor a la sanción en caso de incumplimiento. Lo correcto es que se encuentre en la justicia o sensatez de la obligación impuesta.

Es decir, si los ciudadanos no perciben las leyes como justas y razonables en sí mismas, difícilmente se sostendrá la eficacia de un ordenamiento. De ahí que, si el legislador prevé que una determinada ley pueda generar el rechazo por parte de un colectivo arraigado en la sociedad, que la considera sinceramente inmoral, tendrá que prever cauces alternativos. Precisamente, en busca de la eficacia del sistema.

Gobernar un pueblo no es equivalente a controlar una máquina. Se trata de dirigir seres racionales, de modo que ellos mismos participen activamente en la consecución de un fin común.

Libro con leyes

La objeción de conciencia en la Constitución Española

En España, el caso más típico, y el único hasta ahora recogido expresamente en la Constitución, es la objeción de conciencia al servicio militar. Se encuentra regulado en el artículo 30.2. Sin embargo, el Tribunal Constitucional ha reconocido que puede caber en otros ámbitos.

Así, a raíz de un recurso planteado contra la ley de aborto, el Tribunal Constitucional expresó que no es estrictamente necesaria una regulación de la objeción de conciencia para que ésta fuera protegida en cuestiones distintas a la clásica sobre el servicio militar.

La sentencia más reciente hasta la fecha sobre la objeción de conciencia es la del 25 de junio de 2015. Dictada por el Tribunal Constitucional, es relativa a la objeción de conciencia de los farmacéuticos a dispensar productos abortivos y anticonceptivos. Dicha sentencia descarta que la objeción de conciencia precise de una específica interpositio legislatoris para ser ejercida. Al menos en casos tan sensibles como es el aborto.

La doctrina, a modo general, ha entendido la conciencia como el principio próximo de valoración de las propias acciones. Lo cual quiere decir que no es el principio último. Esta idea es importante porque el principio último de valoración moral es la misma realidad de las cosas.

Con esto se quiere decir que, igual que toda persona tiene el deber de actuar según su conciencia, también tienen el deber de procurar que esta se ajuste a la realidad. En cierto modo, se trata de no dejar nunca de formarse a nivel moral y ético. Formación que se construye mediante el diálogo con otras personas y el estudio, así como de la observación objetiva y abierta de la realidad.


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