El secuestro: aspectos legales y sociales
La detención ilegal y el secuestro, ambos delitos contra la libertad, se regulan en los artículos 163 y 168 del Código Penal (CP). Particularmente, estos crímenes atentan contra la libertad deambulatoria o de movimientos, libertad protegida en la Constitución.
Ahora bien, para que se produzca el delito no es necesario que la víctima esté totalmente inmovilizada. También se vulnera esta libertad cuando se encierra a una persona en un lugar cerrado, como una vivienda o un garaje, aunque tenga libertad de movimiento en su interior.
A la hora de desarrollar las características del delito más en profundidad es fundamental entender que la ley fija la detención ilegal como forma delictiva base. A partir de esta, se desarrollan modalidades más leves o graves. Entre ellas se encontraría el secuestro.
Los delitos contra la libertad
El CP, en primer lugar, prohíbe y sanciona las detenciones ilegales. Es decir, castiga a aquel que encierre o detenga a otro privándole de su libertad.
Cabe mencionar que, en este tipo base, el autor del delito solo puede ser un particular. Es decir, una persona individual que no ostente un cargo que le otorgue especial poder. Esto es así porque si la detención la lleva a cabo una autoridad (un policía, por ejemplo) o funcionario público, estaríamos ante uno de los supuestos agravados del artículo 167 CP.
El secuestro como modalidad agravada
Como mencionábamos anteriormente, el secuestro se regula como una modalidad agravada respecto de la detención ilegal. El carácter distintivo del secuestro se encuentra en la exigencia de una condición para que la víctima pueda alcanzar la libertad.
Es decir, si una persona detiene y encierra a otra un tiempo, estamos ante una detención ilegal. Pero si además exige el cumplimiento de una condición para poner en libertad a la víctima, estamos ante un secuestro. El ejemplo más común es el del pago de una cantidad de dinero a cambio de la libertad del secuestrado.
En todo caso, el cumplimiento de la condición debe ser un requisito para poner en libertad a la víctima. Es interesante el hecho de que puede imponerse tanto al mismo detenido como a un tercero. Aunque habitualmente la condición se exige a un tercero, familiar o persona cercana o interesada en la libertad de la víctima.
Ahora bien, es posible que la exigencia recaiga sobre el propio secuestrado. Por ejemplo, un supuesto en que se secuestre a un deudor y se le amenace con no dejarlo en libertad hasta que pague el dinero que debe.
Las consecuencias psicológicas del secuestro
La experiencia que vive la víctima de un delito de secuestro es fuerte, incluso en muchos casos traumática. Diversos estudios han podido indicar cómo la primera reacción del secuestrado al ser consciente de la situación es valorar el riesgo real de morir. Este miedo se instaura en la persona y puede permanecer después de ser liberado.
Ante el miedo a sufrir daños físicos o perder la vida, el organismo tiende a reaccionar con respuestas de ansiedad. El cuerpo se mantiene alerta porque trata de protegerse. Todo esto da lugar a comportamientos desordenados e impulsivos que impiden el análisis objetivo de lo que sucede en el entorno.
Curiosamente, una de las características personales que parece tener más influencia en cómo se vive esta experiencia es la edad. Esto se debe a que las personas de mayor edad tienden a tener más control sobre sus emociones. Por ello, respuestas como la ansiedad, el miedo o el estrés son menos intensas, de forma que son capaces de pensar con más claridad en situaciones aversivas.
Las personas jóvenes desarrollan niveles de ansiedad mucho más altos. Presentan una desorganización psicológica que puede provocar la aparición de comportamientos poco adaptativos en estos casos. De hecho, los jóvenes pueden mostrar con mayor facilidad reacciones violentas o retadoras contra los secuestradores. Esto puede llegar a poner en riesgo su integridad física e incluso su vida.
En cualquier caso, tanto adultos como jóvenes, simplemente por el hecho de haber sido secuestrados, sufren un maltrato psicológico que deja graves secuelas. Por ello, las personas que han sido víctimas de un secuestro necesitarán ayuda profesional que les ayude a recuperarse de la experiencia.
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- Constitución Española, artículo 17. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229
- Código Penal. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444